Permite generar la autoliquidación de aquellos vehículos nuevos que se quieren matricular ante la Dirección General de Tráfico.
NO SIRVE para liquidar el ejercicio actual en caso de querer realizar la venta de un vehículo y no haber recibido el recibo del ejercicio en curso.
Exenciones y bonificaciones: deben solicitarse de manera expresa (impresos en página web). En caso de concesión, entrarán en vigor en el ejercicio siguiente al del alta.
Destinatario
Obligados tributarios a cuyo nombre vaya a constar el vehículo en el permiso de circulación.
El domicilio deberá corresponder al municipio de San Lorenzo de El Escorial.
Requisitos
El sistema solicitará que firme la autoliquidación antes de su pago, para ello deberá tener instalada la herramienta Autofirma del Ministerio de la Plataforma de Administración Electrónica del estado, puede descargarla pinchando en el siguienten enlace: Autofirma
Documentación requerida
Ficha técnica y DNI/NIF
Acreditación de la representación si se presenta la autoliquidación por persona distinta al sujeto pasivo (modelo disponible en la página web)
El artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos señala que "los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible".
Asimismo, el artículo 6.2 j) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley, establece que las sedes electrónicas indicarán la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007.
En cumplimiento de ambas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de este organismo.